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En un sentido general, es el acto de ofrecer al público o poner en circulación dinero, títulos valores, o títulos de crédito. En el ámbito asegurador es el acto por el que se formaliza una póliza o contrato de seguro. Momento en que éste comienza a surtir efecto.
Financiera encargada de la custodia y tenencia de los valores y demás activos financieros integrados en los fondos de pensiones. Las Entidades gestoras y depositarias emiten un certificado de pertenencia que certifica las aportaciones realizadas e imputadas a cada partícipe y sus derechos consolidados.
En Seguros de Vida, Sociedad anónima cuyo objeto social es la gestión y administración de fondos de pensiones. Las Entidades aseguradoras de vida pueden ser gestoras.
Valoración en términos económicos o cuantificación de los perjuicios sufridos por un asegurado, en su persona o en sus bienes como consecuencia de la materialización del riesgo que se cubría en la póliza. En los seguros de daños a las cosas, tal cuantificación suele realizarse por el perito.
Devolución, total o parcial de la comisión recibida por el mediador, que se produce cuando desaparecen las causas que originaron el derecho a su percepción (por ejemplo, la anulación de una póliza con comisión anticipada).
Cuantía de la prima satisfecha por el asegurado, que la entidad aseguradora debe reembolsarle por haberse producido circunstancias externas que conllevan la rescisión del contrato.